JUICIO DE PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD
MARIA DEL CARMEN AYALA ESCORZA
La filiación es un vínculo jurídico que puede nacer por hechos biológicos, o bien, por actos jurídicos que existen entre dos personas ya sean ascendientes o descendientes sin limitación de grado, es decir, se da entre el padre y los hijos, nietos, bisnietos, tataranietos, etcétera, así como entre el hijo y los padres, abuelos, bisabuelos, tatarabuelos, etcétera. La ley reconoce como consecuencias de este vínculo diversos derechos y obligaciones entre aquellas personas que se encuentran unidas por una relación filial, de esta relación se desprende una figura, tema principal de esta obra: la patria potestad. La patria potestad puede ser entendida como el conjunto de derechos y facultades que la ley concede al padre y/o a la madre del menor o a quienes la hayan reconocido (la ejercerán de manera conjunta, sin importar si se encuentran casados o no, o pudiera ejercerlo sólo uno de ellos, siempre y cuando exista el consentimiento por parte del otro), aplicables sobre ellos y sus bienes (siempre y cuando el hijo no se haya emancipado). Es importante destacar que la ley concede derechos y facultades, ya que es de manera directa una carga impuesta por el Estado, la cual no puede ser discutida, puesto que al momento en que se establece la filiación, los progenitores tendrán la obligación de estar con ellos, deberán cuidarlos y protegerlos, alimentarlos, educarlos, procurarles una formación integral, además de poder representarlos legalmente y administrar sus bienes. Si bien es cierto que en esta obra se busca hacer una práctica forense de “la pérdida de la patria potestad”, resulta importante e indispensable conocer el aspecto doctrinal de dicha figura jurídica, es por eso que se analizan aspectos como el hecho de que el cuidado integral del menor sea el objetivo que persigue la patria potestad. Como toda figura jurídica, también cuenta con características particulares que la diferencian de otras, mismas que se enuncian y se examinarán en la obra. Dentro del ámbito social encontramos que la familia se integra por padres, madres, abuelos, hijos, etcétera, pero es necesario saber quiénes de ellos son considerados como sujetos pasivos y/o activos dentro de la patria potestad, tarea que se lleva a cabo en esta obra. Si bien en cierto que se mencionó a padres y madres, hoy en día, encontramos que puede ser ejercida por los abuelos paternos en primer instancia y maternos como segunda.
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JUICIO DE GUARDA Y CUSTODIA
MARIA DEL CARMEN AYALA ESCORZA
Cuando en una relación de pareja se da un rompimiento o separación, la mayoría de las veces resulta muy complicado para los involucrados, pero estas complicaciones son mayores cuando hay de por medio hijos involucrados, y ahí comienza un camino que puede ser muy incidentado, en primer lugar, por el mismo hecho de la separación y, en segundo lugar, por la importancia que implica la toma de esta decisión, ya que con ella se debe privilegiar el interés superior del menor por sobre cualquier otra cuestión. En razón de lo descrito en el párrafo inmediato anterior es que, en este tomo de la Colección de Juicios Especiales, los autores se dan a la tarea de realizar un estudio sobre el procedimiento jurídico para poder realizar un juicio de guarda y custodia, no sólo apostando la parte doctrinal que el tema requiere, sino que también dotan al lector de conocimientos que le ayudarán a conocer y, en su caso, a intervenir y participar de forma idónea en este tipo de procedimiento sin importar que sean estudiantes de derecho o abogados consolidados, esto mediante la presentación de casos prácticos que le dan al lector una visión directa del papel que debe desempeñar el abogado, dotándolo de herramientas útiles como lo es la jurisprudencia que se puede citar con la finalidad de crear convicción en el ánimo del juzgador, o como los formularios que conforman la parte forense de esta obra, la cual está integrada por todos y cada uno de los escritos presentados por la parte solicitante, que comienzan con el escrito inicial de solicitud, y que además se muestran los acuerdos que a estos les hayan recaído hasta la sentencia emitida por la autoridad, esto con la intención de mostrar cómo el juzgador se pronuncia ante cada una de las peticiones hechas y poder así estructurar una estrategia de litigio idónea para poder resolver este tipo de procedimientos.
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JUICIO DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD
MARIA DEL CARMEN AYALA ESCORZA
Si bien es cierto que la figura de la madre es pilar dentro del núcleo familiar, no se puede dejar de pasar por alto la importancia del padre, de ahí que la presencia de éste sea fundamental para el desarrollo de los hijos. Dentro del derecho familiar mexicano, la paternidad se define como la relación que coexiste entre el padre o progenitor y su hijo; esta relación confiere derechos y obligaciones para ambos. Las circunstancias de la vida pueden llevar a que el padre no siempre sea un elemento presente en la vida y desarrollo de los niños. En no pocas ocasiones, esta situación se debe al desconocimiento de haber sido padre o al negar de forma consciente dicho hecho, es aquí cuando aparece la figura del reconocimiento de paternidad, que puede considerarse un instrumento jurídico para que aquel que haya procreado un hijo y no le haya dado el reconocimiento formal lo haga, mediante un procedimiento judicial, el cual se encuentra conformado de elementos procesales muy particulares, como se verá a lo largo de este tomo 12 de la Colección de Juicios Especiales en Materia Familiar.
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JUICIO DE ALIMENTOS
MARIA DEL CARMEN AYALA ESCORZA
Dentro del contexto universal de la Declaración de los Derechos Humanos, encontramos que los alimentos forman uno de los pilares esenciales que deben estar presentes en el desarrollo de todo individuo, principalmente en el de los niños. Es importante considerar que los alimentos, en derecho de familia, constituyen una de las principales consecuencias del parentesco y una de las fuentes más importantes de solidaridad humana. Los cónyuges y los concubinos están obligados a darse alimentos, de la misma manera que los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos. A falta o por imposibilidad de los padres, la obligación recae en los demás ascendientes por ambas líneas (paterna y materna), que estuvieran más próximos en grado. La obligación de dar alimentos es recíproca, de modo que el que los da tiene a su vez derecho a pedirlos cuando los necesite. Es por esto que es trascendental la necesidad de dedicar un tomo de la presente colección de textos jurídicos a la figura de los alimentos. En este libro, como en todos y cada uno de los que integran la presente colección, se realiza una correlación de los códigos adjetivos y sustantivos de la Ciudad de México y demás entidades federativas del país, con ello esta obra se convierte en una herramienta útil no sólo para los estudiantes de derecho, sino para los mismos abogados postulantes sin importar el estado en el cual ejerzan su labor profesional. En cada capítulo se incluye el objetivo particular que persigue el mismo, se incluyen dentro del texto notas importantes que ayudan al lector a una mejor visión de lo descrito, así como ejemplos que sirven para comprender los conceptos plasmados. Además, al final de cada unidad hay un resumen de todos los puntos analizados. Asimismo, en la presente colección de textos jurídicos, cada uno de los tomos que la integran tiene un capitulado que fue creado con la finalidad de orientar, como ya se mencionó, a estudiantes y profesionales del derecho. En esta obra en particular encontramos que cuenta con lo siguiente:En primer lugar, se habla de la parte netamente doctrinal de la figura de los alimentos, se define este concepto, así como los atributos que le son conferidos, sin dejar de analizar qué elementos son aquellos que están contemplados en nuestra actual legislación como alimentos y las características que estos tienen. Para poder hablar del derecho que tienen los individuos a recibirlos, es necesario conocer su fundamento y justificación, por ello también se integra en el capítulo correspondiente de este libro. Un aspecto doctrinal que no podría quedar fuera de esta obra son las fuentes de la obligación alimentaria y el derecho humano que significa su disfrute. Igualmente se dedica un capítulo al estudio del derecho a percibir alimentos y los supuestos que deben estar presentes para que resulte procedente la existencia de la obligación. Algo que puede considerarse como parte medular de este tomo es la pensión alimenticia, la cual se describe de forma detallada, analizando cuáles son las personas que tienen la obligación de proporcionar los alimentos, los posibles deudores solidarios y las personas que están legitimadas para solicitar el aseguramiento de esta obligación. También se examina la capacidad económica del sujeto obligado a proporcionarlos y la manera en que pude garantizarlos. Existen diversas formas que permiten al deudor alimentario cumplir con su obligación, una de ellas es mediante BIDES, también conocido como billetes de depósito, que son expedidos y respaldados por BANSEFI (Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C.), cuya tramitación, características, cobertura, requisitos de adquisición y cobro se encuentran descritas más adelante. Se incluye, además, un formato de un escrito con el que se puede exhibir y depositar el documento en el juzgado que le corresponda, un formato para asentar razón sobre la recepción del billete y el formato del mismo. Se estudia la forma que utiliza el juzgador para determinar el monto o porcentaje de la pensión alimenticia y las causales que pueden existir para que resulte procedente la cesación o suspensión de la obligación alimentaria y la diferencia entre estos dos conceptos. Así como resulta procedente la cesación o suspensión de una pensión alimentaria, también pudiere ser factible la modificación en cuanto a incrementar el monto o porcentaje decretado con antelación. Como es sabido, el derecho a percibir alimentos corresponde al acreedor alimentario, mientras que la obligación de proporcionarlos corresponde al deudor, quien, si dejara de cumplirla, podrá, además de las consecuencias ineludibles en materia penal, ser inscrito en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios (Redam), un tema que se estudia detalladamente y que incluye cómo se puede realizar el trámite en línea para conocer si algún individuo se encuentra en dicho registro. Dentro del presente volumen encontramos que, ante la premura que significa el hecho de que los acreedores alimentarios reciban de forma pronta y expedita ese derecho que les asiste, la actual legislación de la Ciudad de México, a través de su Tribunal Superior de Justicia, contempla dentro de su Código Adjetivo, al igual que en otras entidades del país, la posibilidad de que quien tenga derecho a recibirlos (para sí mismo o en representación de otro), pueda asistir directamente al órgano jurisdiccional a solicitarlos. Es aquí donde encontramos el procedimiento de solicitud de alimentos por comparecencia, el cual se describe dentro de uno de los capítulos que integran este tomo segundo, donde se detalla la forma sencilla, los requisitos mínimos solicitados y el tiempo reducido de tramitación en comparación con el procedimiento escrito, puntualiza también que esta forma de solicitud tiene como principal etapa una audiencia de comparecencia, cuya acta hace las veces de escrito inicial de demanda, dentro de ella el juzgador dictará las medidas provisionales (incluida una pensión alimenticia provisional en cantidad líquida o porcentaje), la elaboración inmediata de los oficios de estilo dirigidos a la fuente laboral, el emplazamiento a la parte demandada y a la Defensoría de Oficio, con la finalidad de que se le designe un abogado que supervise y vele por la correcta resolución del procedimiento. Al igual que el procedimiento escrito, los alimentos por comparecencia referidos en este libro, constan de una etapa predeterminada en la que el deudor alimentario deberá dar contestación a la demanda instaurada en su contra, responderá de forma sistematizada los hechos y prestaciones descritos por la parte actora. Se hace en el apartado respectivo un análisis de lo que sucede dentro de la audiencia de ley que se lleva a cabo en el procedimiento en cuanto a las probanzas que se desahogan y los alegatos que se manifiestan, con la finalidad de crear tal convicción en el juzgador que, al momento de dictar su sentencia, decrete una pensión definitiva que sea justa, esta etapa de dictado de su resolución es la última contemplada por el capítulo correspondiente. Si bien es cierto que la solicitud de alimentos por comparecencia cuenta con diversas particularidades que la hacen una óptima opción para requerir ese derecho irrenunciable, la que pudiéramos considerar como la forma más conocida de solicitarlos es la forma escrita, por obvia razón, no se podía quedar fuera del capitulado del presente ejemplar de dicado a los alimentos. Asimismo, se hace un estudio detallado de todo el procedimiento, se inicia con la etapa postulatoria en la cual se analizan los requisitos que debe contener el escrito inicial de demanda, donde se contemplan las probanzas que resultan procedentes para este tipo de procedimiento, es así que hablamos tanto de una confesional como de su diferencia con la confesión judicial y la declaración de parte. Examinando esta prueba, se describe la forma como debe ofrecerse y prepararse, sucede lo mismo con todas las probanzas que contempla el procedimiento, incluyendo la testimonial, la instrumental de actuaciones y la presuncional. Una vez que la demanda ha sido presentada, se realiza un examen de los posibles autos que a esta le pudieren recaer y las medidas provisionales que en alguno de estos pudiere decretar el juzgador. Además del ordenamiento de emplazamiento de la parte demandada, que tendrá la obligación de dar contestación a través de varios sentidos, descritos también en el capítulo respectivo. Al igual que en la sección dedicada a la solicitud de alimentos por comparecencia, se observa lo referente a la resolución emitida por el juzgador, es decir, la sentencia y la forma mediante la cual se puede realizar su ejecución. Un punto muy interesante dentro del capítulo es un estudio de la forma en que el deudor alimentario que no tiene una fuente laboral estable, pueda garantizar la pensión que le ha sido decretada. Las figuras jurídicas que contemplan nuestra legislación pueden ser modificables, así como las resoluciones emanadas de los procedimientos que se realizan, es por eso que incluso una obligación como la de dar alimentos es susceptible de ser cancelada, es decir, se puede suspender o cesar según sea el caso y se realiza de forma incidental. Por consiguiente, esta obra contempla este tipo de procedimiento y estudia la vía en que se presenta, analiza los requisitos y formalidades que se deberán presentar, acompañados de la jurisprudencia que le resulta aplicable, las pruebas que se pueden ofrecer y todo el procedimiento de cancelación contemplando la audiencia de ley que se realiza, lo referente a los alegatos, la sentencia y su ejecución, además de la manera en que los oficios dirigidos a la fuente laboral ayudan para este fin, así como la posibilidad de que quien administra la pensión alimenticia tenga la obligación de rendir cuentas sobre ella, y se concluye con la parte dogmática referente al pago de lo indebido. Por lo que implica a la parte de la práctica forense dedicada a los alimentos, este volumen cuenta con un expediente completo de un procedimiento de solicitud de alimentos por comparecencia, en él no sólo se muestran los formatos que remite la Oficialía de Partes Común del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, sino que, además, se exponen el acta de comparecía que, como ya se mencionó, hace las veces de escrito inicial de demanda, los formatos de los oficios de estilo que el juzgador ordena su elaboración y que van dirigidos a la Defensoría de Oficio del Tribunal, a fin de que se le designe un licenciado en derecho que habrá de representar a la parte actora, y el dirigido a la fuente laboral del deudor alimentario, a fin de que se realicen las deducciones decretadas por concepto de pensión alimenticia provisional. De todas las promociones presentadas por las partes, se hace una transcripción de los autos dictados por la autoridad, con la finalidad de analizar el criterio que el juzgador plasma en las diversas peticiones que le son entregadas y que concluyen con la sentencia emitida por el juez. Al final del tomo, se incluye un glosario de términos jurídicos muy útil para la mejor comprensión del texto contenido en esta obra, no se puede dejar de incluir la bibliografía consultada, la legislación que ayudó a fundamentar y a correlacionar las figuras que se mencionan y las páginas web que se examinaron.
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SOLICITUD DE DIVORCIO
MARIA DEL CARMEN AYALA ESCORZA
El matrimonio es el inicio de una nueva etapa dentro de la vida del hombre que vive en sociedad, los derechos y obligaciones a que nos constreñimos son tan diversos como las razones por las cuales permanecemos en pareja. Lamentablemente, tanto los individuos como la sociedad que la integran no son entes inertes que, sin importar los cambios o las diferencias, permanezcan sin modificarse. Los sentimientos pueden mutar o acabarse y en muchas ocasiones esto provoca diferencias irreconciliables, las cuales sólo pueden ser resueltas mediante la intervención de un juzgador, quien se convertirá en el tercero que ayudará a redimir estas diferencias y quien tendrá la obligación de velar por aquellos intereses que no pueden ser renunciados por ninguno de los divorciantes, así como apoyar la posible negociación de las responsabilidades que cada uno deberá continuar cumpliendo; de esta manera, ambos podrán continuar sus vidas de forma independiente con la posibilidad de volver a contraer nuevamente nupcias.Como ya se ha mencionado en introducciones de otros tomos que integran esta Colección de Textos Jurídicos, en cada una de las obras que la conforman, los autores nos hemos dado a la tarea de tocar los procedimientos que, como profesionales del derecho, tenemos la obligación de conocer, ya que algunos de ellos son los más recurrentes dentro de nuestra labor profesional. Es por esto que en esta obra hablaremos de los diversos procedimientos que existen para llevar a cabo un divorcio, el cual debemos entender en términos legales como la disolución del contrato de matrimonio o, dicho de una forma más sencilla, como la ruptura del vínculo matrimonial. Como mencionamos en párrafos superiores, resulta esencial hablar primeramente del matrimonio para poder así desarrollar de forma correcta el tema del divorcio; por esta razón, dentro del primer capítulo de este tomo se realiza un análisis detallado de dicha figura jurídica, en la cual se incluyen las nuevas concepciones que se le han dado en diversas entidades, como en la Ciudad de México cuando hablamos de matrimonio entre personas del mismo sexo. La naturaleza jurídica del matrimonio puede ser analizada desde distintos puntos de vista, por ejemplo, el que la describe como una institución, el que lo contempla como un contrato o como un acto condición, el que la define como un estado civil o visto como acto jurídico mixto, por mencionar algunos.
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JUICIO SUCESORIO TESTAMENTARIO
MARIA DEL CARMEN AYALA ESCORZA
Trabajar y esforzarse día a día no sólo debería implicar ir solventando nuestros gastos y necesidades diarias, sino crear un patrimonio para poder tener un futuro más desahogado y saber que, llegado el momento, podremos dejar un legado económico a los nuestros. Dejar nuestra voluntad debidamente estipulada, donde se describa la forma en que los bienes acumulados deban ser repartidos de manera particular o universal a uno o varios individuos, constituye la vía idónea para legar y, de esta forma, tratar en la medida de lo posible de no dejar problemas entre aquellos que por derecho les podría corresponder y otros más que pudieren creer que ese derecho les asiste. En el presente tomo de la Colección de Juicios Especiales, denominado Juicio testamentario, se analizan de forma detallada, primeramente, la parte doctrinal, es decir, las generalidades del derecho sucesorio, comenzando con el concepto de sucesión y la clasificación de la transmisión hereditaria. Como en todos los procedimientos que contempla nuestro sistema jurídico mexicano, existen elementos personales que los conforman, así hablamos de actor, demandado, aval, fiador, etcétera. Dentro del juicio testamentario, señalamos a un autor de la herencia (también denominado como el de cujus), al heredero o herederos y la diferencia que existe entre estos y los legatarios, al albacea, a los interventores, a los acreedores y a los deudores, cuyas figuras son detalladas y explicadas dentro de esta obra. Uno de los elementos esenciales del juicio testamentario es indudablemente la voluntad del autor de la herencia, con base en ella es que en nuestro derecho existen tres clasificaciones de la sucesión, como es la testamentaria, la legítima y la mixta, mismas que podrán ser resueltas mediante procedimientos, como el judicial y el extrajudicial, también conocido como notarial. En los referidos procedimientos, encontramos que las formas en que los herederos pueden suceder son por propio derecho, por transmisión, o bien, por representación, no debemos olvidar que el momento en el cual se produce la sucesión será a la muerte del de cujus o autor de la herencia.
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JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO
MARIA DEL CARMEN AYALA ESCORZA
La cordialidad dentro de la familia debería ser un valor que nunca tendría que estar ausente sin importar las circunstancias de la vida que se fueran presentando. La muerte de cualquiera de los integrantes de la familia provoca, además del dolor por la pérdida, descontrol e incertidumbre sobre el futuro. Es increíble darse cuenta que sólo basta tener diferencias con respecto a la repartición de los bienes materiales que hayan pertenecido a alguno de los integrantes para que surjan odios y rencores entre aquellas personas que crecieron juntas, pero, aunque lo óptimo sería dejar perfectamente definida la forma en que habrían de repartirse esos bienes mediante un testamento, en la práctica y por la falta de cultura de heredar de forma correcta no pasa así, es por eso que se hace evidente la intervención de la autoridad jurisdiccional para que, bajo su supervisión, se haga un análisis de a quienes les corresponde adjudicarse los bienes dejados por el de cujus. La intervención del juzgador se manifiesta mediante la denuncia que haga alguno de los posibles herederos de un procedimiento intestamentario. Su importancia y constante repetición hacen que este tipo de procedimientos no pudiera quedar fuera de esta colección de textos jurídicos. Es por eso que esta obra se estructuró de la siguiente manera: Antes de entrar de lleno en el aspecto procedimental de los juicios intestamentarios, es vital conocer la parte doctrinal, razón por la cual se inicia dando una noción muy detallada de lo que es la sucesión y los tipos que existen en nuestro sistema jurídico mexicano, las reglas que se deben seguir y el momento en el que se debe producir. La falta de manifestación de la voluntad del de cujus plasmada en un testamento, da origen a la apertura de una sucesión legítima, lo cual ocurre en muchas de las ocasiones, es por eso que se dedica todo un capítulo entero al análisis de este tipo de sucesión y se describe la forma en la que se deberá repartir equitativamente la masa hereditaria entre los hermanos o medios hermanos (hijos del de cujus), el cónyuge o concubino y, en su caso, los ascendientes e incluso los colaterales. También se hace un análisis del orden en que algunos de estos herederos tendrán preferencia sobre los otros y de cuando estamos frente a una sucesión ab intestato. Existe diversidad de variantes que se pueden presentar al momento de designar a quienes les corresponde heredar. En caso de que no existiera persona alguna contemplada por la ley con ese derecho, nuestro sistema jurídico mexicano examina la posibilidad de que la masa hereditaria pase al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México. En el último capítulo doctrinal de esta obra, se realiza un estudio del procedimiento sucesorio intestamentario, analizando detalladamente cada una de las secciones que lo integran (de la sucesión, del inventario, de la administración de bienes y la de la partición y adjudicación de los bienes del de cujus). En esta colección de textos jurídicos se ha hecho énfasis no sólo en la parte doctrinal de los elementos que integran los procedimientos intestamentarios, sino que, además, se dota al lector de todo un expediente que contiene tanto los formatos de las promociones que son presentadas por las partes, como las transcripciones de los acuerdos que a estas les recayeron, para así podernos dar una mejor idea del criterio que emite el juzgador cuando las partes le hacen alguna solicitud, así podremos conocer la forma correcta de formular nuestras pretensiones. Estos formularios se encuentran enlistados en un índice especial para mejor comprensión del procedimiento y para optimizar su localización, es importante destacar que la forma en la que se dividen los formularios se hará según la sección que les corresponde, haciendo alusión a los cuadernillos que se van formando durante el procedimiento intestamentario.
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