Seguramente las ramas del Derecho Público más dinámicas que han logrado alcanzar su autonomía para fines didácticos y pedagógicos, son: el Derecho Financiero y el Derecho Fiscal; producto de su propia razón de ser, esto es, de su naturaleza intrínseca en que se sustentan ambas disciplinas jurídicas; la primera que abarca el conjunto de principios legales y doctrinales relativos a los ingresos y egresos del Estado, enfocados a cubrir el gasto público; y la segunda, se encarga de darle sustento y vida a lo que conocemos como ingresos que percibe el Poder Público por vías de Derecho Público y Privado, constituidos por las contribuciones, aprovechamientos, productos, ingresos derivados de financiamientos y los conocidos como participaciones. Ese dinamismo las convierte por un lado en instituciones complejas para su estudio, comprensión y manejo; por el otro, resultan muy interesantes desde los puntos de vista teórico-práctico, económico y político. La razón fundamental de los cambios y transformaciones que se experimentan en sus principios y reglas encuentran un poderoso sustento que viene a ser el hilo conductor, consistente en la búsqueda y administración de recursos para satisfacer las necesidades sociales; toda vez que la formulación de los Presupuestos de Ingresos y Egresos que anual-mente se expiden para la Federación, entidades federativas y municipios, son reflejo de la política financiera adoptada por el gobierno para atender los asuntos públicos o lo que conocemos como necesidades primordiales del pueblo en educación, seguridad y salubridad pública, defensa nacional, asistencia social, procuración y administración de justicia y otras obras y servicios, incluyendo reglas relativas a la promoción y apoyo a las actividades productivas que son el soporte de la economía colectiva; aspectos muy delicados que requieren de un conocimiento profundo sobre la Hacienda Pública, y de una gran cautela política y administrativa, para evitar equivocaciones, desviaciones, desequilibrios y fracasos presupuestales.