La nueva Ley de Concursos Mercantiles se publicó en mayo de 2000. Su entrada en vigor derogó la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos, con que concluyó, por una parte, un regimen concursal que fue objeto de controversias doctrinales irreductibles, y por otro, una de las más importantes fuentes de mortificación en los acreedores. La desaparecida Ley estuvo en vigor hasta meses antes de su sexagésimo aniversario. El derecho mercantil mexicano no tiene precedente de que un régimen sea tan diverso del anterior, porque virtualmente todo en el nuevo concurso es distinto del previo. La actualización en esta materia resulta, pues, indispensable. Como era de esperarse, a apenas dos años de su entrada en vigor la eficacia y funcionalidad de la nueva Ley siguen a prueba. En efecto, aunque a la publicación de este libro acaso exista una cincuentena de procesos en curso en todo el país, ha sido ponderado por miles de deudores, acreedores, y postulantes. Algunos han decidido no utilizarla, sea por sus aparentes complejidades, o bien por comprender que ya no existen algunos beneficios que la desaparecida Ley procuraba, en demérito de los acreedores; en ambos casos, los interesados han optado por soluciones alternas. Paradójicamente, los mayores obstáculos de la nueva Ley son su modernidad e innovación, lo que se manifiesta principalmente con la diferencia de criterios en los jueces de distrito, acostumbrados por años a la palicación de un derecho excepcionalmente rígido.