El patrimonio se ha definido como un conjunto de oblighaciones y derechos suceptibles de una valorización pecuniaria, que constituyen un universalidad de derecho (universitas juris). Según lo expuesto, el patrimonio de una pesona estará siempre integrado por un conjunto de bienes, de derechos y, además, por obligaciones y cargas; pero es requisito indispensable que estos derechos y obligaciones que constituyen el patrimonio sean siempre aprecialbes en dinero, es decir, que puedan ser objeto de una valorización pecuniaria.