A los catedráticos y alumnos de la asignatura de Derecho Internacional Privado, de diversas escuelas y facultades de Derecho de la República, les expresamos nuestra amplia y profunda gratitud por la aceptación de esta obra, lo que ha permitido, en breve término, preparar una nueva edición. En la nueva edición hemos corregido algunas pequeñas erratas que hemos logrado localizar, a través del empleo cotidiano de la obra, dentro de las actividades docentes. Asimismo, en el tiempo transcurrido entre la edición anterior y la actual, nuestro país ha celebrado tratados bilaterales y multilaterales con otros países, cuya normatividad respectiva tiene vinculación con el Derecho Internacional Privado, de tal manera que hemos acrecentado la lista de los tratados internacionales incluidos dentro del rubro genérico que denominamos: Tratados internacionales sobre temas diversos, en el apartado correspondiente a los tratados como fuente interna del Derecho Internacional Privado en nuestro país.
Dado que, respecto de tratados internacionales, la voluntad del Estado mexicano se integra con la intervención del Presidente de la República, en su calidad tie órgano celebrante y la del Senado de la República, en su carácter de órgano aprobador, hemos incluido las reformas a los artículos 89 fracción X y 76 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mismas que se publicaron en Diario Oficial de 12 de diciembre de 2007, mediante las cuales se agregaron las funciones de terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas v formular declaraciones interpretativas de los tratados internacionales.
También cabe destacar que, el día 12 de febrero de 2007, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en Pleno, con una votación mayoritaria de seis votos únicamente, emitió una tesis, con un criterio disímbolo al anterior, de noviembre de 1999, en relación con la jerarquía de los tratados internacionales frente a normas jurídicas de Derecho interno. En esta nueva edición transcribimos la respectiva tesis que Lleva como título: Tratados Internacionales. Son parte integrante de la Ley Suprema de la Unión y se ubican jerárquicamente por encima de las leyes federales y locales. Interpretación del Artículo 133 Constitucional. A continuación, de la reproducción de esa tesis discrepante a la anterior mencionada, realizarnos su correspondiente exégesis, dado lo trascendente que es el criterio jurisprudencial que se ha venido desarrollando alrededor del artículo 133 de nuestra Carta Magna.